Artículo 1: Definiciones
A los efectos establecidos en estas "Condiciones Generales", se considera:
a) Cliente/Contratante: cualquier persona con derechos u obligaciones relativas a las mercancías en virtud de un contrato de prestación de servicios de transitario, celebrado con un transitario, o como resultado de la actividad del mismo en relación con dichos servicios.
b) Mercancías: cualquier bien, incluyendo animales vivos, así como contenedores, paletas o equipos de transporte o embalaje no suministrados por el transitario.
c) Mercancías peligrosas: mercancías oficialmente clasificadas como tales, así como mercancías que son o pueden volverse o asumir una naturaleza peligrosa, inflamable, radiactiva, tóxica o perjudicial.
d) Escrito: cualquier modo visualmente expresado de representar o reproducir palabras de forma permanente, incluyendo cartas, fax, telex, telegrama, correo electrónico o cualquier otro registro por medios electrónicos.
e) Servicios de transitario: servicios de cualquier tipo relacionados con el transporte, consolidación, desconsolidación, almacenamiento, manipulación, embalaje, logística y/o distribución de mercancías, así como servicios accesorios y consultivos relacionados con el envío de mercancías, incluyendo la contratación de seguros y la cobranza de reembolsos.
f) Transitario: persona que celebra un contrato de prestación de servicios de transitario con un cliente.
g) Transportista: persona que realiza el transporte de las mercancías por sus propios medios de transporte (transportista efectivo) o cualquier persona sujeta a la responsabilidad del transportista por haber asumido dicha responsabilidad expresa o tácitamente (transportista contratante).